Realidad Sanmartinense

UBER: El municipio de San Martín de los Andes va a hacer cumplir la ordenanza que establece una habilitación para el traslado de pasajeros

Ante la polémica que trajo aparejada el anuncio de que la aplicación UBER comenzará a prestar servicios en las localidades del sur neuquino, desde la Dirección de Tránsito y Transporte municipal se explicó que se van a hacer cumplir las normativas vigentes. En este sentido, el director del área, Federico Riquelme, explicó que la ordenanza 4166/01 establece que el municipio debe habilitar los vehículos para el traslado de pasajeros.

En el artículo 3 de la referida norma, se indica que “El Departamento Ejecutivo habilitará los vehículos afectados al servicio público contemplado en la presente, requisito previo sin el cual no podrá servir a la explotación”. Para ello, se deberá presentar ante el área de tránsito el título de propiedad con la marca, modelo, tipo de vehículo, número de motor y de chasis o carrocería serán verificados por la autoridad interviniente. 

Asimismo, se establecen “condiciones de seguridad y uso ajustado al presente ordenamiento, al Código u Ordenanza de Tránsito y demás disposiciones que rigen la materia, particularmente en lo que hace a exigencias de cinturones de seguridad, matafuego con capacidad no inferior a 0,500 Kg, balizas, botiquín, apoya cabeza y lanza para remolque normalizados”.

También se hace referencia a que los vehículos deben contar con clara iluminación interior, durante las horas de luz artificial, asientos tapizados en cuero, plástico u otro material similar y aún telas, lavables. certificado de aprobación de Verificación Técnica, y luz de emergencia, la cual será accionada por el conductor cuando este lo crea necesario. 

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