La Asociación Deportiva y Cultural Lácar formalizó una impugnación administrativa contra la concesión del Cerro Chapelco, otorgada en junio a la empresa Transporte Don Otto S.A., al advertir que el contrato no fue publicado íntegramente en el Boletín Oficial, en incumplimiento de la Ley Provincial de Procedimiento Administrativo Nº 1284.

“La historia del deporte en Chapelco no puede quedar subordinada a intereses privados que desconocen el legado comunitario”, expresó la institución con más de 80 años de actividad en la montaña.
Reclamos del club
El Club Lácar sostiene que la falta de publicación completa del contrato vulnera el principio de publicidad de los actos administrativos y limita el derecho de defensa de las instituciones locales. Además, cuestiona cláusulas que restringen el acceso a pases para menores y clubes deportivos, al considerar que imponen sanciones desproporcionadas y contradicen tanto el pliego licitatorio como la Ley de Defensa del Consumidor Nº 24.240.
En su presentación, el club pidió suspender la concesión hasta que se resuelva el recurso, convocar a una mesa de diálogo con el Ministerio de Turismo, la empresa concesionaria y los clubes federados, y garantizar actividades deportivas durante todo el año. También reclamó que se reconozca el libre acceso a la montaña como un derecho fundamental y se investiguen posibles prácticas monopólicas en la fijación de precios.
Antecedentes y advertencias
La institución recordó que, pese a su rol histórico en el desarrollo deportivo del cerro —incluyendo la organización de competencias oficiales y la cesión del Refugio Graef en emergencias—, fue excluida del proceso de consulta comunitaria previo a la adjudicación.
El club advirtió además que existen antecedentes de conflictos similares en otros centros de esquí operados por el mismo grupo económico, como La Hoya (Esquel) y Cerro Catedral (Bariloche), donde se denunciaron restricciones arbitrarias, ausencia de tarifas promocionales y escasa participación comunitaria.
La respuesta judicial
En paralelo, el Club Lácar había presentado un amparo contra la provincia de Neuquén y la concesionaria para declarar la nulidad del contrato, frenar el bloqueo de pases de alumnos y entrenadores, y garantizar el acceso libre al cerro.
Sin embargo, el Juzgado de Primera Instancia en Familia, Niñez y Adolescencia de Junín de los Andes desestimó la acción por considerarla “inadmisible”. El juez entendió que el escrito era confuso y que las peticiones excedían el marco de un amparo, recurso reservado solo para situaciones en las que no existen otras vías judiciales o cuando un acto es manifiestamente arbitrario o ilegítimo.
El fallo remarcó que declarar la nulidad de un contrato de concesión de tal magnitud requiere un debate judicial más amplio y mayor producción de pruebas. Además, no encontró fundamentos suficientes para considerar arbitrario el bloqueo de pases, ya que la empresa lo justificó en supuestas irregularidades detectadas.
Finalmente, el tribunal impuso las costas del proceso a la Asociación Lácar, aunque no reguló honorarios al abogado por estimar que la labor realizada fue “inoficiosa”.
Próximos pasos
Con esta nueva impugnación administrativa, la institución busca reabrir la discusión sobre la concesión del Cerro Chapelco y asegurar un espacio de participación para los clubes locales en la gestión de la montaña.