Un hombre fue declarado penalmente responsable por el abuso sexual de un niño de su entorno cercano, tras un juicio realizado los días 19 y 20 de mayo en San Martín de los Andes. El tribunal actuó por unanimidad a partir del requerimiento del fiscal Hernán Scordo, quien acusó al imputado identificado como M.M.O.V. por el delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo, en carácter de delito continuado.

El fiscal sostuvo durante el debate que el relato brindado por la víctima en cámara Gesell fue consistente y estuvo respaldado por distintos elementos de corroboración. Señaló que no existían indicios de un relato inducido y que las declaraciones incorporadas al juicio permitían acreditar los hechos más allá de toda duda razonable.
El tribunal tuvo por acreditado que los hechos ocurrieron en distintos momentos en los que el imputado ejercía el cuidado del niño y que las conductas fueron incrementándose en gravedad hasta concretarse un hecho de acceso carnal. También consideró probado que los episodios ocurrieron en el ámbito familiar, en un contexto de vulnerabilidad derivado del vínculo entre el condenado y la víctima.
El relato de la víctima, sin signos de inducción
Al dar a conocer el veredicto, la jueza Leticia Lorenzo indicó que se analizaron especialmente los cuestionamientos planteados por la defensa sobre una posible contaminación o inducción del relato. La magistrada afirmó que no encontraron signos de un discurso aprendido ni elementos que permitieran concluir que el niño hubiera sido influenciado.
Lorenzo remarcó que el relato presentado en la cámara Gesell se sostiene internamente, contiene referencias compatibles con una experiencia vivida y presenta características esperables en un niño que debe describir hechos traumáticos en un contexto institucional. Indicó además que las dificultades, pausas y expresiones utilizadas durante la entrevista no podían interpretarse como señales de invención.
El tribunal estuvo integrado también por los jueces Nazareno Eulogio y Lisandro Borgonovo. Los magistrados valoraron que la denuncia fue realizada tiempo después de las primeras intervenciones profesionales y que durante ese período el contacto con el condenado se mantuvo.
Calificación y próximos pasos
Si bien el fiscal había requerido una calificación en concurso real entre distintas figuras de abuso sexual, el tribunal resolvió encuadrar los hechos como un único delito continuado de abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo.
La sentencia con los fundamentos completos será notificada a las partes en los próximos días. Luego se desarrollará la segunda etapa del juicio, en la que se debatirá la pena que corresponderá imponer al condenado.