Los pequeños contribuyentes que registraron cambios en su actividad durante el último año tienen plazo hasta el 5 de agosto para recategorizarse en el Monotributo. ARCA habilitó el proceso semestral y confirmó una actualización del 16,8% en las escalas del régimen. Las nuevas cuotas comenzarán a regir desde el 20 de agosto.

¿Quiénes deben hacer el trámite?
La recategorización es obligatoria solo para quienes modificaron los parámetros que ARCA utiliza para determinar la categoría: ingresos facturados, superficie del local, energía eléctrica consumida o cantidad de empleados, entre otros. Quienes mantuvieron las mismas condiciones no necesitan hacer nada: el sistema conservará automáticamente la categoría vigente. Tampoco deben recategorizarse los monotributistas con menos de seis meses de inscripción.
El organismo recordó uno de los errores más frecuentes: calcular la categoría según el dinero cobrado. El criterio correcto es considerar los ingresos facturados, independientemente de cuándo se hayan percibido los pagos.
Nuevos topes y cuotas desde el 20 de agosto
Con la actualización del 16,8%, los topes de facturación anual se incrementaron en todas las categorías. En cuanto a las cuotas mensuales, la Categoría A pasará a pagar $49.527,18 y la Categoría B, $56.379,08. Los valores aumentan progresivamente hasta la Categoría K, cuya cuota alcanza $1.614.446,04 para prestadores de servicios y $702.103,24 para venta de bienes.
El pago correspondiente a julio se efectuará con la categoría vigente hasta ese momento.
Cómo hacer la recategorización
El trámite se realiza ingresando al portal de ARCA (arca.gob.ar) con clave fiscal, revisando la información de la actividad y confirmando la categoría que corresponda. El plazo vence el 5 de agosto; las nuevas escalas empezarán a aplicarse desde el 20 de agosto.