Los extranjeros que no acrediten residencia permanente en Argentina deberán contar con un seguro de salud o abonar previamente el costo de la atención antes de recibir prestaciones no urgentes en hospitales públicos nacionales. La medida, que surge de cambios en la Ley de Migraciones, también opera como respaldo para que los hospitales provinciales —como los de Neuquén— avancen en el mismo sentido.

Quiénes quedan alcanzados por la nueva norma
La reglamentación, derivada del DNU 366/2025 que modificó la Ley de Migraciones 25.871, aplica a toda persona extranjera que no pueda acreditar residencia permanente en el país y solicite una atención que no sea considerada emergencia en establecimientos sanitarios de gestión nacional. En esos casos, el paciente deberá elegir entre dos opciones: presentar un seguro de salud vigente que cubra la prestación, o pagar el costo antes de recibirla.
Los extranjeros con residencia permanente mantienen el acceso al sistema público en igualdad de condiciones con los ciudadanos argentinos. Para acreditarla deben presentar el DNI de extranjero con la categoría correspondiente; si el documento está extraviado o en trámite de renovación, se puede presentar documentación provisoria junto al pasaporte o documento de identidad del país de origen.
Las emergencias no admiten demoras ni cobros previos
Uno de los puntos centrales de la norma es que ninguna emergencia médica puede ser rechazada ni demorada por razones administrativas o migratorias. La reglamentación define como emergencia toda situación que implique riesgo cierto e inminente para la vida, un órgano o una función vital. Entre los cuadros contemplados figuran: paro cardiorrespiratorio, infarto, accidente cerebrovascular, shock, traumatismos graves, hemorragias masivas, sepsis, emergencias obstétricas y emergencias pediátricas y neonatales con compromiso vital, entre otros.
Si existe duda sobre la gravedad del cuadro, la norma establece que debe prevalecer la atención inmediata. Además, la clasificación entre emergencia y atención habitual no quedará en manos del personal administrativo: será el profesional de salud a cargo del paciente quien tome esa decisión.
Una vez que la emergencia quede controlada y el paciente estabilizado, las prestaciones posteriores sí podrán quedar sujetas al cobro según las condiciones del nuevo procedimiento.
Implicancias para los hospitales de Neuquén
Aunque la reglamentación es de alcance nacional y rige directamente sobre los hospitales administrados por el Estado nacional, el Gobierno la presenta también como un marco institucional que respalda a las provincias para implementar criterios similares en sus propios establecimientos. En una región turística como la Patagonia andina —que recibe importantes flujos de visitantes extranjeros, especialmente desde Chile—, la medida podría tener impacto directo en la demanda de atención en el Hospital Ramón Carrillo de San Martín de los Andes, de gestión provincial.
Hasta el momento, el Gobierno provincial de Neuquén no se ha pronunciado sobre si adoptará un esquema equivalente en sus hospitales.