Realidad Sanmartinense

¿Les cabe alguna pena a los esquiadores que violaron los protocolos en el Cerro Chapelco?

Las medidas tomadas por el gobierno provincial luego de conocer los vídeos de la base del Cerro Chapelco en el que algunos esquiadores se encontraban de festejo, sin barbijos y sin respetar el distanciamiento social, no tardaron en llegar.

Rápidamente tanto la fiscalía como el gobierno provincial y municipal comenzaron una investigación para conocer los detalles de dicho «after» y los responsables de violar los protocolos.

Como se conoció en la noche de este jueves la ministra de Turismo de la provincia, Marisa Focarazzo, anunció que se aplicó una multa de $200 mil a los propietarios de la concesión del local gastronómico y firmó una resolución en la que se le quitó la concesión al parador.

Respecto a la situación procesal de las personas involucradas en el vídeo, Rubio informó que ya se notificó a siete de ellas que están siendo investigadas por incumplir las medidas dispuestas para prevenir el contagio de coronavirus. «No usar el barbijo es un delito», remarcó el funcionario judicial, quien recordó que hay un decreto nacional y provincial que lo ordena.

Enfatizó que el incumplimiento del uso de tapaboca, además de estar multadas y tener sanciones económicas, también se la puede encuadrar en la figura de violación al artículo 205 del Código Penal.

El Jefe de Fiscales adelantó que se le formularán cargos a las siete personas investigadas, aunque señaló que todavía quedan muchas aristas por investigar. «Tenemos tiempo suficiente», explicó Rubio, no sin antes comentar que no se descarta utilizar otras figuras penales.

La fiscalía trabaja en conocer cómo llegaron hasta la ciudad, las personas que se ven en el vídeo que no son residentes, pues los permisos son sólo para desplazarse por cuestiones laborales y no para hacer turismo. El fiscal afirmó que buscan saber si le «cabe responsabilidad penal» a alguien más.

En cuanto a quien tiene la concesión del cerro Chapelco, contó que aún es «materia de análisis». «Hoy me enteré revocaron la concesión», señaló y agregó que investigan si le compete una figura penal.

Cabe mencionar que el artículo 2° del decreto 478/20 establece, además, que se disponga una multa de dos mil pesos «para aquellos que incumplan con la obligación del uso de protectores faciales de distinto tipo, incluidos los de fabricación personal». La aplicación de la corresponde al Ministerio de Gobierno y Seguridad y allí también se establece que los fondos serán afectados a la emergencia sanitaria.

Por otra parte, la investigación que lleva adelante Rubio por el posible incumplimiento del artículo 205 establece que «será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia».

Salir de la versión móvil