Realidad Sanmartinense

Desde este miércoles, Villa La Angostura tiene nuevas restricciones sanitarias

El Comité de Operaciones de Emergencia (COE) de la vecina localidad de Villa La Angostura actualizó este martes el decreto que impone las restricciones sanitarias a la localidad. Entre las modificaciones, se cambió el horario de circulación y además se prohibió los show en vivo tanto en lugares abiertos y cerrados.

Se informa a la población residente y no residente las medidas vigentes a partir de las 00:00 horas del miércoles 6 de enero de 2021, expresadas mediante el Decreto N° 198/2021, las cuales tienen validez hasta las 23:59 hs. del día miércoles 20 de enero de 2021.

Este nuevo decreto prorroga lo dispuesto en el Decreto N° 4722/2020, y actualiza el horario de restricción para circular, tanto vehículos como peatones.

Las medidas expresadas en el actual decreto municipal son:

Turistas con domicilio en la provincia de Neuquén:
1 -Gestionar el correspondiente Certificado Único Habilitante para circulación, que reviste en carácter de declaración jurada, a través de la aplicación CUIDAR y realizar en la misma el diagnóstico de síntomas compatibles con COVID 19.
2 – Exhibir, cuando le sea requerido, el DNI, que acredite datos filiatorios y domicilio real en la provincia de Neuquén
3 – Acreditar nombre y comprobante de reserva del alojamiento turístico (cabañas, hosterías, hoteles, apart hoteles, camping organizados) habilitado del destino e itinerario o bien Nombre y Apellido y Domicilio de los familiares residentes en el destino con el que se alojará y que permite su estadía, completar el formulario en http://www.villalaangosturaturismo.gob.ar
4 – Presentar toda la información requerida (anteriormente mencionada) en los retenes de ingreso a la Villa la Angostura.

Turistas con domicilio fuera de la provincia de Neuquén (Argentinos o Extranjeros):
1 – Gestionar el correspondiente Certificado Único Habilitante para circulación, que reviste en carácter de declaración jurada, a través de la aplicación CUIDAR y realizar en la misma el diagnóstico de síntomas compatibles con COVID 19
2 – Acreditar nombre y comprobante de reserva del alojamiento turístico (cabañas, hosterías, hoteles, apart hoteles, camping organizados) habilitado del destino e itinerario o bien nombre y apellido y domicilio de los familiares residentes en el destino con el que se alojara y que permite su estadía.
3 – Presentar póliza de seguro de viajero Covid 19 para las personas mayores de 60 años y grupos de riesgo, el cual debe incluir para el caso de contagio o manifestación de enfermedad durante la estadía la cobertura de alimento y alojamiento por 14 días, atención médica y gastos de traslado a la ciudad de origen, tanto para el paciente como para sus contactos estrechos. Se sugiere seguro de Covid-19 a todos los turistas mayores de 21 años.
4 – Presentar toda la información requerida (anteriormente mencionada) en los retenes de ingreso a la Villa la Angostura.
Se recuerda que las disposiciones contenidas en la presente norma podrán ser modificadas o suspendidas, en forma parcial o total, por la autoridad de aplicación de la emergencia sanitaria provincial en caso de evolución epidemiológica negativa. A su vez, fuerzas de seguridad y personal municipal realizarán los controles pertinentes y ante la falta de cumplimiento de las medidas protocolares y lo expuesto en el presente decreto se las faculta a aplicar multas, sanciones y realizar clausuras.

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