Realidad Sanmartinense

El Gobierno Nacional facultó a gobernadores a adoptar medidas de restricción para bajar los contagios

El Gobierno Nacional anunció que facultó a los gobernadores a adoptar medidas de restricción en la circulación y las actividades nocturnas en sus provincias, con la intención de «bajar la cantidad de casos» de coronavirus, ante el incremento registrado en las últimas semanas.

Así fue anunciado en una conferencia de prensa que brindaron este viernes en Casa de Gobierno el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; el ministro de Turismo, Matías Lammens; y la secretaria de Acceso a la Salud, Carla Vizzotti.

El Poder Ejecutivo publicó esta tarde el decreto que «detalla cuáles son los indicadores epidemiológicos a la hora de tomar medidas de restricción de circulación para bajar los contagios», según indicó Cafiero en la rueda de prensa.

A través del decreto, que se conocerá en las próximas horas, el Poder Ejecutivo definirá dos parámetros de riesgo que deberán tener en cuenta las autoridades provinciales para restringir la circulación

En ese marco, el jefe de Gabinete recalcó que «quienes deben aplicar las medidas» para mitigar la propagación del coronavirus ante el actual escenario de incremento de contagios «son las autoridades provinciales y locales», quienes -según indicó- puedan «avanzar en medidas que restrinjan la circulación y las actividades nocturnas».

«Hay zonas donde están creciendo los contagios. En Mar del Plata y Pinamar, en la provincia de Santa Fe y en Córdoba. Cada provincia puede ir adaptando sus medidas», explicó Cafiero.

Estos son la razón, cuando el cociente entre el número de casos confirmados acumulados en los últimos 14 días y el número en los 14 días previos sea superior a 1,20; y la incidencia, cuando el número de casos confirmados acumulados de los últimos 14 días por 100 mil habitantes, sea superior a 150

«En función de estos indicadores, el gobierno nacional solicita a las autoridades locales que apliquen medidas para disminuir los contactos, priorizando la limitación de la circulación nocturna», precisaron fuentes oficiales.

EL DECRETO DE LAS RESTRICCIONES NOCTURNAS

Teniendo en cuenta:

Que la experiencia nacional e internacional demuestra que las reuniones nocturnas en espacios cerrados o abiertos con escaso distanciamiento aumentan el nivel de riesgo frente al COVID-19

Que esta situación puede ser agravada por el consumo de alcohol porque relaja el cumplimiento de las recomendaciones de prevención.

El Gobierno Nacional define, a través de este decreto, dos parámetros de riesgo que deberán tener en cuenta las autoridades provinciales para restringir la circulación:

1 RAZÓN: cuando el cociente (resultado de dividir) entre el número de casos confirmados acumulados en los últimos 14 días y el número de casos confirmados acumulados en los 14 días previos, sea superior a 1,20 (es decir, que los casos aumenten un 20% de una quincena a la otra).

2 INCIDENCIA: cuando el número de casos confirmados acumulados de los últimos 14 días por 100 mil habitantes, sea superior a 150.

En función de estos indicadores, el Gobierno Nacional solicita a las autoridades locales que apliquen medidas para disminuir los contactos, priorizando la limitación de la circulación nocturna.

El ministerio de Salud articulará con las autoridades sanitarias de las distintas jurisdicciones con el fin de colaborar con el monitoreo de los indicadores señaladas.

El ministerio de Seguridad brindará cooperación para realizar controles de rutas, vías de acceso, espacios públicos y demás lugares estratégicos con el fin de ayudar a garantizar el cumplimiento de las medidas, a petición de los gobernadores y las gobernadoras.

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