En su séptima sesión ordinaria, y tras dos cuartos intermedios, el Concejo Deliberante de San Martín de los Andes aprobó la resolución conjunta suscrita con el Departamento Ejecutivo Municipal que declara ambientalmente factible el proyecto de mejoramiento de la playa de estacionamiento del Cerro Chapelco, concesionado a la empresa Transporte Don Otto S.A.

Lo que se resuelve
La resolución, firmada por la presidenta del Concejo Deliberante, Natalia Vita y el intendente municipal, Carlos Saoliniti, aprueba la documentación técnica del expediente y habilita el avance del proyecto con condiciones. Al mismo tiempo, rechaza el Informe Complementario Intercultural elaborado por la Dra. Paula Gabriela Núñez (CONICET), presentado como parte de la documentación de la empresa consultora Beha Ambiental S.R.L.
Como alternativa a ese informe rechazado, la resolución establece que las medidas de mitigación y compensación ambiental del Plan de Gestión Ambiental se trabajarán en talleres interculturales de carácter obligatorio junto a las Comunidades Mapuche Vera y Curruhuinca, abordando de manera conjunta las temáticas de flora, fauna, agua y aire, con respeto a la cosmovisión mapuche.
Compromisos de las partes
La empresa deberá participar en los talleres interculturales, ajustar el cronograma de obras priorizando el control de erosión y el manejo de escorrentías, y ejecutar todas las medidas de mitigación aprobadas.
El Municipio ejercerá el control y monitoreo a través de la UTGA Ampliada —que integra representantes de ambas comunidades—. Ante cualquier afectación del territorio ubicado aguas abajo de las obras, deberá implementar todas las medidas de remediación necesarias.
Las Comunidades Mapuche Vera y Curruhuinca deberán designar un representante titular y un suplente con capacidad de tomar decisiones en el momento del control y monitoreo en terreno.
Régimen de sanciones ante incumplimientos
La resolución establece un régimen de sanciones para infracciones que ocurran antes, durante o después de la ejecución de las obras. Según la gravedad, las penalidades van desde una multa de entre el 1% y el 20% de la inversión proyectada hasta la caducidad de la Declaración Ambiental, con las correspondientes acciones correctivas en ambos casos.
En caso de desistimiento o abandono del proyecto una vez iniciado, la empresa será pasible de las mismas multas y la caducidad de la habilitación. El crédito fiscal que se genere a favor del Municipio se instrumentará como título ejecutivo y su monto se destinará a financiar las acciones de reparación ambiental necesarias.
Los fondos recaudados por incumplimientos irán a un Fondo Especial de Reparación Socio Ambiental Comunitario, cuya reglamentación se definirá en el ámbito de la Mesa Intercultural.