San Martín de los Andes vuelve a ser escenario de un caso judicial que generó fuerte repercusión en la comunidad. Un hombre condenado por trata de personas con fines de explotación laboral recibió autorización para realizar salidas laborales mientras cumple prisión domiciliaria, una decisión que despertó debate debido a los antecedentes del caso.

Se trata de Ronald Alcides Viza Cruz, ciudadano boliviano que fue condenado por la Justicia Federal tras comprobarse su responsabilidad en un hecho de explotación laboral que tuvo como víctimas a dos mujeres oriundas de Bolivia. La causa se remonta a 2016 y también involucró a su esposa, aunque ella recibió una condena en suspenso.
La investigación reveló que el matrimonio, radicado en Argentina desde 2007 y establecido posteriormente en San Martín de los Andes, administraba tres comercios en la ciudad. En esos locales trabajaban las víctimas, quienes habían sido captadas en Bolivia mediante anuncios laborales que prometían mejores condiciones económicas.
Sin embargo, una vez en la localidad cordillerana, la realidad fue muy diferente. Durante el juicio realizado en 2019, la Fiscalía sostuvo que las mujeres fueron sometidas a condiciones de explotación laboral, sin recibir la remuneración acordada y dependiendo económicamente de sus empleadores.
El caso salió a la luz cuando una de las víctimas acudió por sus propios medios al hospital de San Martín de los Andes debido a un fuerte dolor estomacal. Según se expuso durante el debate oral, la mujer llegó sola, consultando a vecinos dónde se encontraba el centro de salud. Al regresar, habría sido reprendida por sus empleadores luego de comentar en el hospital dónde trabajaba, un dato que, según la acusación, buscaban ocultar.
Pocos días después se realizó un allanamiento que permitió rescatar a las dos mujeres y detener al matrimonio.
Durante el proceso judicial quedó acreditado que las trabajadoras habían aceptado empleos por un salario mensual de 600 dólares, monto que nunca percibieron en su totalidad. Según determinó el Tribunal Oral Federal, las víctimas solo recibían dinero de manera ocasional para enviar a sus familiares en Bolivia, mientras que el resto de sus ingresos era retenido por los empleadores.
En su sentencia, el tribunal sostuvo que las mujeres realizaban tareas sin recibir la remuneración que les correspondía legalmente y que esa modalidad constituía una imposición ilegítima de los patrones.
Por estos hechos, Viza Cruz fue condenado a cinco años de prisión. No obstante, mientras la sentencia transitaba las distintas instancias judiciales, no fue encarcelado de manera inmediata. Actualmente cumple la pena bajo la modalidad de prisión domiciliaria.
Polémica por las salidas laborales
En las últimas semanas, el condenado solicitó autorización para trabajar en uno de sus comercios de San Martín de los Andes mediante un régimen de salidas laborales.
El pedido generó posiciones contrapuestas dentro del ámbito judicial. Mientras el Ministerio Público Fiscal se manifestó en contra de otorgar el beneficio, la oficina de Ejecución del Tribunal Oral Federal resolvió hacer lugar a la solicitud presentada por la defensa oficial.
De esta manera, Viza Cruz quedó habilitado para salir de su domicilio durante la mañana y la tarde con el objetivo de desempeñar tareas en su negocio local.
La decisión reaviva el recuerdo de una causa que conmocionó a San Martín de los Andes y vuelve a poner en discusión los alcances de los beneficios otorgados a personas condenadas por delitos vinculados a la explotación laboral y la trata de personas.