Luego de 3 semanas de deliberar, al fiscal Terán el Jurado lo suspendió por 60 días
El Jurado de Enjuiciamiento emitió su veredicto luego de 21 días de deliberación. Se resolvió por mayoría aplicarle una sanción de 60 días de suspensión para Santiago Terán, sin goce de haberes. El fiscal jefe de Cutral Co que fue denunciado por violencia de género y violencia institucional, fue acusado por el mal desempeño de sus funciones en diciembre pasado.

Cabe recordar que el jury contra el funcionario del Poder Judicial fue iniciado por pedido de propio fiscal general, José Gerez, luego de que Terán presentara como solución a la violencia machista, que las mujeres se armen para defenderse, en una entrevista con una radio de la comarca, el 31 de julio de 2020.
La decisión se conoció esta mañana cuando el Jurado de Enjuiciamiento integrado por los Vocales del Tribunal Superior de Justicia, Roberto Germán Busamia y Alfredo Elosú Larumbe, la Conjueza Elizabeth García Fleiss, la Diputada María Laura Du Plessis, el Diputado Sergio Daniel Fernández Novoa y las Abogadas Matriculadas designadas por la Honorable Legislatura Provincial, Suyay Sapino y Marianina López Raggi, hicieron pública la sentencia en relación al Expte. N° 59 J.E “TERÁN, SANTIAGO S/ JURADO DE ENJUICIAMIENTO”.
Dicho Jurado resolvió por unanimidad dar por acreditados los tres cargos que integraron la acusación del enjuiciado. Por mayoría de votos, el Jurado resolvió tener por configurados los mismos, bajo la figura de incorrección o falta, y en consecuencia disponer la suspensión del Fiscal Jefe Santiago Federico Terán en sus funciones, por un plazo total de sesenta (60) días, sin goce de haberes.
Votaron en disidencia, considerando debidamente fundamentada la sanción de destitución propuesta, Roberto Germán Busamia y Sergio Daniel Fernández Novoa.
Vale destacar que este plazo es el mayor posible a aplicar mediante una instancia de enjuiciamiento a un funcionario, y que no afecta de ninguna manera a la jubilación del fiscal, instancia a la cual se encuentra próximo.



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