El Gobierno nacional habilitó el ingreso de micros internacionales al país

El Gobierno nacional habilitó el ingreso a la Argentina del transporte internacional terrestre de pasajeros, en las modalidades de micros de larga distancia y turismo, según dicta el Boletín Oficial.

A través de la publicación de la Decisión Administrativa 1090/2021 de la Jefatura de Gabinete de ministros, a cargo de Juan Manzur, se permitirá el ingreso de estos medios de transporte, hasta ahora limitados por la pandemia.

Foto: Gentileza

Según se especificó, los servicios de transporte internacional terrestre de pasajeros deberán realizarse exclusivamente por los corredores seguros habilitados, como así también los que se habiliten en un futuro.

En este sentido, las empresas deberán comprobar que el pasajero haya declarado el cumplimiento de los requisitos sanitarios, sumado a que la persona que ingresa al país deberá tener durante 14 días la documentación que presentó a las empresas.

Las empresas «deberán arbitrar los recaudos para que se conserve la información de ubicación de los pasajeros durante el viaje, para facilitar la trazabilidad y el rastreo de contactos a la autoridad sanitaria competente, si hubiera un caso positivo».

Si no se respetaran esas reglas, desde el Gobierno anunciaron que se procederá “de inmediato” a hacer cesar la conducta infractora y se formularán denuncias penales.

En este contexto, el Ministerio de Transporte de la Nación, a cargo de Alexis Guerrera, y el de Deportes y Turismo, de Matías Lammens, quedan facultado de poder dictar las normas necesarias para que se implementa la medida, respetando el Acuerdo sobre Transporte Internacional Terrestre (ATIT).

¿Qué pasa con los cruceros?

En otro plano, la Decisión Administrativa establece, además, cuáles los requerimientos para la reapertura de cruceros hacia la Antártida y cruceros Bioceánicos en la Argentina.

En estos casos, para el embarque en territorio nacional deberá constar la realización de un test PCR negativo realizado entre las 24 y las 48 horas previas, mientras que quienes hayan iniciado el viaje en el crucero fuera del país están eximidos de realizarse ese test.

Si hubiera casos sospechosos a bordo, se realizará test de antígeno y según el criterio médico, se confirmará con un test a los contactos directos; pudiéndose requerir se practique también a más personas que fueran contacto directo, o a todos aquellos que las autoridades sanitarias competentes determinen.

«Las empresas operadoras de cruceros deberán formalizar los protocolos pertinentes por ante la Subsecretaría de Puertos, Vías Navegables y Marina Mercante del ministerio de Transporte, sin perjuicio de remitir una copia a la autoridad sanitaria nacional», se informó.

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