Realidad Sanmartinense

Cuáles son las observaciones que plantea la Defensoría del Pueblo con relación al estacionamiento medido

A raíz de diversas presentaciones de vecino, la Defensoría del Pueblo y del Ambiente elaboró un informe que envió al Departamento Ejecutivo y al Concejo Deliberante observaciones y propuesta relacionadas con la implementación del sistema de estacionamiento medido y pago en la ciudad. Este sistema, que ha sido motivo de debate entre vecinos y autoridades, está planteado como una acción para la organización del tránsito y garantizar una mayor rotación de vehículos en el casco urbano. Sin embargo, el informe resalta una serie de aspectos críticos y recomendaciones para optimizar su funcionamiento.

Uno de los puntos centrales del informe es la delimitación del área afectada por el sistema de estacionamiento medido. Actualmente, abarca 59 cuadras, delimitadas por las calles Curruhuinca, Mariano Moreno, Villegas y Perito Moreno, que incluyen arterias clave para el acceso y egreso de la ciudad. Según la DPA, esta delimitación no ha tomado en cuenta las características físicas de San Martín de los Andes, una ciudad enclavada en un valle con limitadas opciones de estacionamiento gratuito, especialmente en las zonas cercanas al casco histórico.

El documento señala que, aunque el objetivo principal es ordenar el tránsito y asegurar una fluidez constante en las arterias más transitadas, la falta de estacionamientos privados y la extensión de la zona de estacionamiento medido generan una «captividad» del público, que se ve obligado a pagar o a buscar estacionamiento en áreas mucho más alejadas. Esta situación se agrava en temporadas de otoño e invierno, cuando las condiciones climáticas pueden dificultar aún más la movilidad.

La DPA propone una reconfiguración del área de estacionamiento medido y pago para asegurar una mejor disposición de los espacios. La propuesta incluye la creación de una «zona núcleo», que abarcaría las calles Villegas, avenida San Martín, General Roca y Perito Moreno, entre las calles Mariano Moreno y Elordi. Dentro de esta zona, se concentraría el control de estacionamiento medido, con algunas excepciones ya previstas. Además, se sugiere liberar varias transversales en las áreas más alejadas del centro, como las calles Sarmiento, Mascardi, Ramayón y Curruhuinca.

Este ajuste permitiría aumentar las opciones de estacionamiento gratuito sin comprometer el ordenamiento del tránsito en las principales arterias de la ciudad. A pesar de la ligera expansión del área medida (que pasaría de 59 a 62 cuadras), se liberarían calles clave, permitiendo una mayor flexibilidad para los automovilistas y asegurando la rotación en las zonas de mayor tránsito.

El informe también aborda las implicancias contractuales de la propuesta. El contrato entre la empresa SAEM y la Municipalidad permite la modificación de la zona de estacionamiento medido siempre que no se altere el equilibrio económico-financiero previsto en el acuerdo. Según la DPA, la propuesta de reconfiguración no debería afectar significativamente la proyección de ingresos del sistema ni el contrato en sí, pero sugiere una revisión cuidadosa para asegurar la viabilidad de los cambios.

Otro aspecto importante es la naturaleza jurídica del estacionamiento medido. La Ordenanza 14379/23 autoriza el cobro de un canon por el uso del espacio público para estacionar, pero el informe plantea dudas sobre si este cobro debe considerarse un tributo o una tarifa por servicio público. Esta distinción es crucial, ya que, si se tratara de un tributo, debería ser aprobado por el Concejo Deliberante y estar sujeto a la normativa tributaria local. En cambio, si se considera una tarifa, implicaría que el sistema de estacionamiento medido es un servicio concesionado, lo que requeriría procedimientos adicionales, como la realización de audiencias públicas.

La DPA finaliza el informe solicitando al Concejo Deliberante y al Departamento Ejecutivo Municipal que aclaren la naturaleza jurídica del estacionamiento medido. Específicamente, se requiere saber si el pago obligatorio por el uso del espacio público es considerado un tributo o una tarifa, y si la autorización para establecer dicho pago implica una delegación de facultades que debería ser controlada de manera adecuada.

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