Neuquén debería generar mecanismos de participación institucional de las comunidades

La procuradora General de la Nación, Alejandra Gils Carbó, dictaminó que la provincia de Neuquén debe llevar a cabo la consulta indígena y diseñar en conjunto con ellos mecanismos permanentes de participación institucional. Pidió que la provincia en un plazo razonable diseñe, en conjunto con las comunidades indígenas, los mecanismos permanentes de participación institucional para que ellas puedan incidir en la determinación de las políticas y decisiones municipales.
El Tribunal Superior de Justicia de Neuquén rechazó la acción de inconstitucionalidad planteada por las comunidades mapuches, que presentaron un recurso extraordinario ante la Corte Suprema.
En septiembre de 2003, mediante la ley nº 2439, la Legislatura de Neuquén declaró a la población de Villa Pehuenia como municipio de tercera categoría. A partir de esa decisión, se generó un conflicto con las comunidades mapuche Catalán, Puel y Plácido Puel y la Confederación Indígena Neuquina. Los representantes de los pueblos indígenas habían afirmado que la creación del municipio los afectaba directamente porque modificaría pautas tradicionales su vida y, por lo tanto, debía ser consultada, en los términos del artículo 75 inciso 17 de la Constitución Nacional y del artículo 6, inciso a, del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo sobre Pueblos indígenas y Tribales.
La titular del Ministerio Público Fiscal puntualizó que la creación de un distrito supone adoptar un modelo de organización del Estado y atribuir potestades a una autoridad local, «lo que repercute en los derechos políticos de las comunidades, que son herramientas indispensables para la protección de sus intereses económicos, culturales y sociales». De modo que «la creación del municipio de Villa Pehuenia demandaba oír a las comunidades a fin de tomar en cuenta sus intereses, opiniones y puntos de vista y, en definitiva, evitar que se menoscabe su identidad cultural».
Gils Carbó entendió que corresponde «condenar a la Provincia de Neuquén a que, en el plazo de 60 días, lleve a cabo la consulta que fuera omitida a fin de que la articulación entre la creación del Municipio de Villa Pehuenia y la forma de vida indígena sea realizada a través del diálogo y de la búsqueda de acuerdos, tal como lo demandan la Constitución y los instrumentos internacionales». Asimismo, le sugirió a la Corte que condene a la provincia a que, en un plazo razonable, diseñe, en conjunto con las comunidades indígenas, los mecanismos permanentes de participación institucional. Por último, la jefa de los fiscales recomendó que la Corte Suprema establezca «un mecanismo de supervisión del cumplimiento de la sentencia, con intervención de esta Procuración General de la Nación».

Fuente: Rio Negro

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