Cómo es el proceso de Iniciativa Ciudadana que busca la derogación del Estacionamiento Medido

Los vecinos autoconvocados en contra del Estacionamiento Medido, más allá de los reclamos y las manifestaciones en la vía pública, decidieron implementar un tipo de participación contemplada en la Carta Orgánica, denominada Iniciativa Ciudadana. La misma se desarrolla en el Título XI, Capítulo I, en los artículos que van del 175 al 178. 

Allí se explica que este Instituto de Participación se trata de la presentación de un proyecto de ordenanza avalado por el 5% del electorado municipal. En el artículo 176 se indica que no son objeto de la Iniciativa Ciudadana los proyectos referidos a tributos, presupuesto y temas que requieran mayoría agravada para su aprobación.

Asimismo, se indica que el Concejo Deliberante debe reglamentar este procedimiento, cosa que se llevó a cabo en el año 2011, a través de la ordenanza 9077. Esta norma establece los pasos que siguen después de que los promotores del proyecto presenten la iniciativa por mesa de entradas.

En principio, la comisión de Gobierno deberá elaborar un proyecto de resolución, analizando si la iniciativa es acorde a lo que establece la Carta Orgánica, el cual se debe tratar dentro de las dos sesiones ordinarias siguientes. Después de declararse la admisibilidad, los promotores tiene doce meses para juntar las firmas de los adherentes, cuyo número no puede ser menor al 5% del padrón electoral de la última elección.

Asimismo, 30 días después de declarada la admisibilidad, el Concejo Deliberante debe convocar a una Audiencia Pública para darle difusión a la Iniciativa Ciudadana, la cual estará a cargo de los promotores.

Una vez conseguida la cantidad de firmas que indica la Carta Orgánica, los promotores harán la presentación formal del proyecto ante el Concejo Deliberante.

Es importante destacar, que la Junta Electoral Municipal verificará las firmas para confirmar su autenticidad y que los firmantes sean electores. Una vez verificadas las firmas, el proyecto se envía a las comisiones correspondientes para su estudio y dictamen. Finalmente, se debate y se vota en sesión plenaria del Concejo Deliberante.

Resumen del procedimiento:

  1. Presentación del proyecto: Cualquier elector puede presentar un proyecto de ordenanza en la mesa de entradas del Concejo Deliberante. El proyecto debe estar bien fundamentado y ser claro en sus objetivos.
  2. Evaluación inicial: La Comisión de Gobierno evalúa si el proyecto cumple con los requisitos formales y si está dentro de las competencias del Concejo.
  3. Recolección de firmas: Se necesita un número mínimo de firmas de apoyo, equivalente al 5% del padrón electoral. Estas firmas deben ser autenticadas por autoridades competentes.
  4. Publicidad y consulta: El proyecto se difunde a la comunidad y se organiza una audiencia pública para que los promotores lo presenten.
  5. Verificación de firmas: La Junta Electoral Municipal verifica las firmas para asegurar su autenticidad.
  6. Trámite en el Concejo: El proyecto se debate en comisiones y, finalmente, en sesión plenaria.

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