Por 2° vez absolvieron a la mujer que mató a su pareja

Una mujer acusada de haber asesinado a su pareja fue absuelta por segunda vez por un tribunal de Junín de los Andes, que concluyó que actuó en legítima defensa en un contexto de violencia de género.

El veredicto se dio a conocer este mediodía por el tribunal integrado por los jueces Eduardo Egea, Diego Chavarría Ruiz y Alina Vanessa Macedo Font, tras un nuevo juicio de responsabilidad que se desarrolló entre el lunes y el jueves de la semana pasada.

En agosto de 2024, la acusada, identificada como Verónica Troncoso., ya había sido absuelta en un primer proceso. En aquella oportunidad, los jueces reconocieron que se trató de un caso de legítima defensa y que el hecho ocurrió en un contexto de violencia de género. Sin embargo, el Ministerio Público Fiscal apeló esa resolución y el Tribunal de Impugnación la declaró nula, ordenando la realización de un nuevo juicio.

Los hechos ocurrieron el 24 de diciembre de 2022, cuando, tras una discusión, Troncoso. tomó un cuchillo tipo serrucho y le provocó una herida a su pareja, Walter Vera, que resultó mortal.

Durante los alegatos finales, la defensora oficial Ivana Dal Bianco sostuvo que “este es un caso de legítima defensa en un contexto de violencia de género”, y remarcó que “no fue una acción planificada, sino una reacción de defensa que debe analizarse con perspectiva de género”.

Al leer la resolución, la jueza Macedo Font explicó que el tribunal coincidió en que tanto la acusada como la víctima “eran dos personas vulnerables” y que se acreditó “la causa de justificación en un contexto de violencia de género”.

“A través de los testimonios, se comprobó que el día de los hechos ambos habían ingerido alcohol, discutieron por dinero, hubo violencia previa del hombre hacia la mujer, y que ella actuó para defenderse ante el temor de una nueva agresión”, señaló la magistrada.

Además, la jueza cuestionó la actuación del Ministerio Público Fiscal durante el proceso y subrayó la necesidad de que la justicia incorpore la perspectiva de género en los casos donde las mujeres son juzgadas por hechos ocurridos en contextos de violencia doméstica o de pareja.

Con esta decisión, el tribunal reafirmó la importancia de analizar los casos de violencia de género con enfoque diferencial, considerando las condiciones de vulnerabilidad y las dinámicas de agresión que atraviesan las víctimas.

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