Reforma de la ley de glaciares: más poder a las provincias
El Gobierno nacional promulgó la reforma a la Ley de Glaciares mediante el Decreto 271/2026, tras la aprobación del Congreso el 9 de abril. La nueva normativa —Ley 27.804— modifica el esquema de protección ambiental: solo quedarán resguardados los glaciares con función hídrica comprobada, y las provincias ganarán poder para definir qué áreas pueden destinarse a actividades productivas.

El cambio traslada el eje de la protección desde las prohibiciones generales hacia evaluaciones de impacto ambiental aprobadas caso por caso por las autoridades jurisdiccionales. Zonas anteriormente más restringidas podrán habilitarse para el desarrollo económico bajo este nuevo esquema.
Más poder a las provincias para definir qué proteger
La reforma otorga a cada provincia la facultad de determinar, mediante estudios técnicos, qué zonas merecen resguardo y cuáles pueden destinarse a actividades económicas. El Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (IANIGLA) conserva la responsabilidad del inventario de glaciares, pero su rol pasa a ser técnico-consultivo sin capacidad vinculante sobre las decisiones jurisdiccionales.
Del debate en el Congreso a la promulgación
La sanción de la ley, el 9 de abril, estuvo marcada por fuertes debates y posiciones encontradas en el Congreso. El Ejecutivo justificó la reforma señalando que busca “ordenar el marco normativo” y compatibilizar la protección ambiental con el desarrollo productivo. Organizaciones ambientalistas y sectores de la oposición cuestionaron el alcance de los cambios, advirtiendo que podrían reducir la protección efectiva de los ecosistemas glaciarios en regiones como la Patagonia.
El principio precautorio como resguardo
La nueva ley establece que las geoformas incluidas en el inventario glacial se considerarán protegidas hasta que estudios científicos determinen lo contrario, incorporando el principio precautorio como criterio de base para la evaluación ambiental.




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