La Corte Suprema cerró el juicio ambiental contra petroleras en Vaca Muerta

La Corte Suprema de Justicia rechazó la demanda por daño ambiental colectivo contra las principales empresas petroleras que operan en la Cuenca Neuquina, incluidas YPF, Chevron, Pan American Energy y Total Austral, entre otras. El máximo tribunal consideró que, tras más de veinte años de proceso judicial, la parte demandante nunca logró acreditar un perjuicio ambiental concreto que superara las fronteras provinciales.

Una causa de dos décadas que no pudo probarse

La demanda había sido impulsada por la Asociación de Superficiarios de la Patagonia (ASSUPA), que reclamaba que las compañías realizaran tareas de recomposición ambiental integral, constituyeran un fondo de restauración y adoptaran medidas para evitar nuevos daños colectivos derivados de la explotación de hidrocarburos en Vaca Muerta. También participaron como terceros el Estado Nacional y las provincias de Buenos Aires, La Pampa, Mendoza y Neuquén.

Sin embargo, la Corte sostuvo que durante todo el proceso ASSUPA incurrió en «vaguedad e imprecisión» al describir los supuestos daños y no pudo demostrar afectaciones específicas sobre recursos interjurisdiccionales. «La prueba ofrecida por la actora no persigue la corroboración de circunstancias fácticas, sino que pretende una investigación sobre las conjeturas formuladas en la demanda», señalaron el juez Horacio Rosatti y los conjueces intervinientes.

La estrategia procesal, en el centro de las críticas del tribunal

El fallo cuestionó además que la asociación pretendiera que las pericias determinaran luego cuáles eran los focos de contaminación y la responsabilidad de cada empresa, lo que, según la sentencia, evidenció que ASSUPA no podía precisar «circunstancias de tiempo, modo y lugar» de los hechos denunciados.

La Corte recordó que en fallos anteriores ya había advertido sobre la necesidad de presentar estudios ambientales o evidencias concretas que acreditaran una «verosímil afectación» interjurisdiccional. La entidad, en cambio, se limitó a afirmar de manera general que los suelos, aguas y aire de la Cuenca Neuquina estaban contaminados por la actividad petrolera. El tribunal consideró que vincular genéricamente el daño con toda la actividad hidrocarburífera «constituye un vano esfuerzo» para demostrar que la contaminación superaba los límites provinciales.

El máximo tribunal destacó también que ASSUPA podría haber solicitado información ambiental a organismos nacionales y provinciales antes de iniciar la acción judicial y que, por su condición de organización ambientalista, debía contar con elementos concretos para respaldar sus denuncias.

Sin condena en costas por la complejidad del caso

La Corte concluyó que no estaban dadas las condiciones para avanzar a una nueva etapa procesal porque no pudieron identificarse daños ambientales colectivos interjurisdiccionales susceptibles de reparación judicial. Las costas fueron distribuidas en el orden causado, en atención a la complejidad jurídica del expediente.

La provincia de Neuquén, territorio donde se concentra la mayor parte de la actividad de Vaca Muerta, había participado del proceso como tercero. El fallo no implica que no existan daños ambientales en la región, sino que la demanda no logró demostrarlos con el estándar exigido por la instancia judicial.

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