Ya no será obligatorio pagar las multas para sacar el registro de conducir: ¿Cómo funciona?

El trámite para obtener o renovar la Licencia Nacional de Conducir se encamina a una profunda transformación administrativa.

Foto: RSM

En un contexto donde la burocracia solía frenar la gestión de los conductores por infracciones impagas, un nuevo esquema nacional desvinculará la cancelación obligatoria de infracciones firmes de la tramitación del carnet, respaldando un criterio que en San Martín de los Andes ya se impulsaba desde hace más de dos años.

​El antecedente local cobra especial relevancia: en abril de 2024, la Defensoría del Pueblo y del Ambiente de San Martín de los Andes emitió la Resolución N.º 04/2024. Aquella medida nació como respuesta directa a numerosas denuncias de vecinos que se veían imposibilitados de tramitar o renovar su registro si mantenían infracciones de tránsito pendientes de pago. En ese momento, la institución recomendó al municipio abstenerse de condicionar el otorgamiento del carnet al libre de deuda de multas.

​El punto clave: diferenciar antecedentes de libre de deuda

​El eje central del planteo resguardaba la clara distinción entre la verificación de antecedentes viales y el cobro de sanciones económicas:

  • El Certificado Nacional de Antecedentes de Tránsito (CENAT): Su función legal es permitir la consulta de los antecedentes e historial del conductor.
  • El juzgamiento y cobro de faltas: Es un proceso administrativo independiente. Que exista una infracción registrada no implica automáticamente que deba exigirse la cancelación previa de la deuda fiscal o contravencional para autorizar la emisión de un documento que habilita la circulación.

​Hasta ahora, la imposibilidad de avanzar sin el pago de las multas actuaba, en la práctica, como una traba coercitiva para la renovación de un documento indispensable para el trabajo y la movilidad de los ciudadanos.

​Cómo funcionará el nuevo esquema de la Boleta Electrónica

​La inminente implementación del nuevo sistema modifica la Boleta de Pago Electrónica:

  1. Abono del CENAT: Continuará siendo un requisito obligatorio previo al inicio del trámite en cualquier centro de emisión.
  2. Pago de infracciones: El importe por multas viales impagas pasará a ser optativo dentro del sistema de cobro unificado. El trámite podrá avanzar con normalidad independientemente de si el usuario decide abonar las multas en ese instante o resolverlas por la vía contravencional correspondiente.

​La modalidad se aplicará de forma automática en todas las jurisdicciones adheridas a la Licencia Nacional de Conducir, a menos que un municipio u organismo exprese formalmente su rechazo antes del plazo límite del 4 de septiembre.

​De concretarse bajo este esquema, se consolidará a nivel nacional el estándar jurídico defensorial formulado en San Martín de los Andes: velar por la seguridad vial evaluando la idoneidad del conductor sin convertir el carnet en un mecanismo de cobro ejecutivo de deudas.

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