Junín de los Andes: la Justicia rechazó la prisión domiciliaria para un condenado alojado en una comisaría

La situación de un condenado alojado en la Comisaría 25 de Junín de los Andes volvió a poner en discusión las condiciones de detención en la provincia de Neuquén. El Tribunal de Impugnación rechazó por unanimidad el pedido de prisión domiciliaria presentado por la Defensa Pública, que sostiene que el hombre cumple su pena en un establecimiento que no reúne las condiciones adecuadas para la ejecución de una condena.

Fachada de la comisaría 25 de Junín de los Andes, con paredes de piedra y color azul, rodeada de flores.
Foto: RSM

El planteo fue impulsado por la defensora de Circunscripción María Sol Valero y el funcionario Federico González Vital, de la Unidad Operativa de la Circunscripción de Los Lagos del Sur. La propuesta consistía en que el condenado pudiera continuar cumpliendo la pena en un domicilio, con monitoreo electrónico, prohibición de acercamiento y contacto con la víctima y otras reglas de conducta.

La medida solicitada tenía carácter transitorio y buscaba mantenerse vigente hasta que el Estado garantizara un lugar de detención adecuado, de acuerdo con la legislación y las garantías constitucionales.

Una comisaría con capacidad para tres personas llegó a alojar a seis

Durante las audiencias judiciales declararon el jefe de la dependencia policial, una asistente social y un representante del Comité Provincial contra la Tortura. Los testimonios expusieron las condiciones en las que se encuentran las personas alojadas en el establecimiento.

Según lo informado por la Defensa Pública, la capacidad real de la comisaría es de tres personas, aunque al momento de una de las audiencias había seis alojadas.

También se describieron deficiencias edilicias y sanitarias, entre ellas humedad en las paredes y el suelo, falta de luz natural y la existencia de una única letrina sin inodoro.

A esas condiciones se suman las dificultades para garantizar las visitas: los encuentros se realizan en un patio descubierto y deben suspenderse cuando las condiciones climáticas no lo permiten. Además, existe una disposición interna que impide el ingreso de menores de edad.

González Vital remarcó que el propio jefe de la dependencia reconoció que no se cumplen en su totalidad los parámetros establecidos por la legislación de ejecución penal.

El funcionario también señaló que tanto el juez de ejecución como el Tribunal de Revisión reconocieron que la Comisaría 25 no es un lugar adecuado ni habilitado para ejecutar una pena de prisión.

Por qué rechazaron la domiciliaria

Pese a las condiciones denunciadas, el Tribunal de Impugnación confirmó las resoluciones anteriores y rechazó el recurso de la Defensa. Los magistrados consideraron que las decisiones cuestionadas no fueron arbitrarias ni irrazonables y sostuvieron que la prisión domiciliaria debe ajustarse a los supuestos previstos por la legislación vigente.

La Defensa cuestionó ese razonamiento porque, según explicó, el pedido no se basaba en razones de salud, edad avanzada o maternidad, sino en la necesidad de evitar que una persona condenada continuara cumpliendo su pena en un establecimiento que no está habilitado para ese fin y presenta condiciones deficientes.

Los representantes del Ministerio Público de la Defensa también objetaron que, frente a las deficiencias reconocidas, la respuesta estatal se limitara al envío de oficios a distintas autoridades sin que se concretara el traslado a una unidad de detención adecuada.

De acuerdo con el planteo, el condenado permanece alojado en la dependencia policial desde 2023 y el problema de fondo continúa sin resolverse.

Un domicilio considerado apto para el monitoreo electrónico

La propuesta de la Defensa incluía controles específicos para garantizar el cumplimiento de la condena y la protección de la víctima.

Según lo expuesto en el expediente, una asistente social constató que el domicilio ofrecido reunía condiciones adecuadas, mientras que el organismo provincial responsable de las tecnologías de la información certificó que era posible implementar allí un sistema de monitoreo electrónico.

El planteo también se apoyó en normas provinciales, nacionales e internacionales vinculadas con los derechos de las personas privadas de libertad, entre ellas la Constitución Nacional, la Constitución de Neuquén, la Convención Americana sobre Derechos Humanos y las Reglas Mandela.

La vía judicial que propone el Tribunal

Los jueces señalaron que las deficiencias del sistema penitenciario y de las dependencias policiales son conocidas y aclararon que no minimizan la gravedad de la situación.

Sin embargo, consideraron que deben utilizarse las herramientas previstas por la normativa para reclamar mejoras en las condiciones de detención. Entre ellas mencionaron las audiencias de ejecución penal y la presentación de un hábeas corpus urgente, mecanismos que permiten solicitar medidas concretas y fijar plazos para corregir las irregularidades.

La Defensa, por su parte, dejó planteada la reserva del caso federal y analiza presentar un nuevo recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Neuquén.

El reclamo vuelve a poner sobre la mesa una discusión central: la obligación del Estado de garantizar condiciones de detención dignas, incluso cuando se trata de personas que cumplen una condena judicial.

La postura de la Defensa Pública quedó sintetizada en una frase: “No queremos la impunidad, queremos que cumpla su condena en condiciones dignas”.

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