Hasta el 31 de marzo se extendió la suspensión de vuelos de cabotaje y micros de larga distancia

La resolución 73/2020 del ministerio de Transporte que no rige para los vuelos internacionales, fue publicada este miércoles a través del Boletín Oficial. La prórroga de la suspensión de «manera total» de las operaciones de trenes y colectivos de larga distancia, y de vuelos de cabotaje, hasta la medianoche del 31 de marzo, una medida destinada a «desalentar la circulación» de la población en el marco de las medidas para prevenir la propagación del coronavirus.

«Prorróganse hasta el 31 de marzo de 2020 las suspensiones totales de los servicios de transporte automotor y ferroviario de pasajeros interurbano e internacionales y de los servicios de transporte aéreo de cabotaje comercial y de aviación general», indica la resolución del Ministerio de Transporte que refuerza las medidas de cuarentena por el coronavirus.

El decreto publicado menciona que la medida rige «desde la 0:00 del día lunes 23 de marzo de 2020 y hasta las 24:00 del día martes 31 de marzo de 2020, los servicios de transporte público automotor y ferroviario se cumplirán con sus frecuencias y programaciones habituales de día feriado».

Los que quedan exceptuados en la resolución, con lo que están habilitados a circular, son los residentes en el país que estén retornando a la República Argentina y deben regresar hacia sus domicilio; el traslado hacia aeropuertos, puertos, terminales de ómnibus o ferroviarias de extranjeros que se encuentren en el país y que se dirijan a su país de origen; y el transporte de pasajeros para el traslado de personas que presten servicios o realicen actividades declarados esenciales en el marco de la emergencia pública.

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