Carnaghi desmintió a Gutiérrez y dijo que «es evidente que el gobernador está muy nervioso»
El diputado nacional neuquino del Frente de Todos, Guillermo Carnaghi, desmintió al gobernador Omar Gutiérrez, y confirmó que tanto el ISSN como las obras sociales provinciales estaban contempladas en la creación del Fondo Nacional de Tecnología Sanitaria de Muy Alto Precio, que finalmente no fue aprobado en la votación del Presupuesto 2023.

Carnaghi sostuvo que “si Gutiérrez se tomara el trabajo seguir los debates en el Parlamento, se daría cuenta que lo que dice es una barbaridad. Las obras sociales provinciales estaban incorporadas en el artículo 127 sobre el Fondo Nacional de Tecnología Sanitaria de Muy Alto Precio, que finalmente fue rechazado por la oposición. Es evidente que el gobernador está muy nervioso. O lo que es peor, muy mal asesorado; se ve que ya no tiene legisladores propios que le pasen las últimas novedades del Congreso”.
En declaraciones públicas el gobernador neuquino había acusado a algunos legisladores de no haber defendido los intereses de la provincia para la incorporación de las obras sociales provinciales como beneficiarias del Fondo Nacional de Tecnología Sanitaria de Muy Alto Precio que se creaba en órbita del Ministerio de Salud de la Nación.
El texto del artículo que fue rechazado, y que contó con el apoyo de tres de los cinco legisladores neuquinos, decía textualmente en su primer párrafo: “Art. 127.- Créase en el ámbito del MINISTERIO DE SALUD el Fondo Nacional de Tecnología Sanitaria de Muy Alto Precio cuyo único objeto será centralizar el financiamiento, la cobertura y la compra de la tecnología sanitaria para las patologías de mayor impacto financiero durante treinta y seis (36) meses contados a partir de los sesenta (60) días desde la publicación del presente decreto en el Boletín Oficial, ya se trate de personas con cobertura por el Sistema nacional del Seguro de Salud enmarcado en las leyes 23.660 y 23.661, las Obras Sociales creadas por leyes provinciales, las obras sociales de las fuerzas armadas y de seguridad, las obras sociales del Poder Legislativo y Judicial, y las comprendidas en la ley 24.741 de obras sociales universitarias, como de aquellas personas con cobertura exclusiva por el sistema público nacional. Vencido ese plazo, el financiamiento y la cobertura quedará a cargo de cada financiador responsable de la cobertura.”




Deja un comentario