Histórico fallo en San Martín: una adolescente logró quitar el apellido paterno y quedarse solo con el materno

El juez de Familia de San Martín de los Andes, Luciano Zani, dictó una sentencia en la que privó de la responsabilidad parental a un hombre y autorizó la rectificación del acta de nacimiento de su hija adolescente, quien solicitó llevar únicamente el apellido materno.

La resolución judicial fue consecuencia de una acción iniciada por la madre y la propia joven, quienes argumentaron el desinterés afectivo y económico del progenitor, así como el deseo de la adolescente de no mantener ningún tipo de vínculo con él.

“No quiero tener el apellido, no me representa”

Durante la audiencia, la adolescente manifestó con claridad su decisión:

“No quiero tener el apellido, no me representa”, expresó ante el juez, señalando además que considera a la actual pareja de su madre como su verdadero referente paterno.

La joven también rechazó iniciar un proceso de revinculación con su padre biológico, a quien no recuerda y con quien no tuvo contacto desde temprana edad.

La madre, por su parte, relató que desde la separación —ocurrida cuando la niña tenía un año— el hombre nunca cumplió con su obligación alimentaria ni asumió responsabilidades afectivas, a pesar de existir un acuerdo judicial homologado que lo obligaba a abonar el 25% de sus ingresos en concepto de alimentos.

Una visión moderna de la responsabilidad parental

En su fallo, el juez Zani subrayó que la decisión se sustenta en una concepción actualizada de la responsabilidad parental, que “ya no se centra en la autoridad de los padres, sino en su responsabilidad”.

El magistrado enfatizó que los derechos y deberes parentales derivan del bienestar del niño y del principio del interés superior del menor, rector de toda intervención judicial en materia familiar.

“Lo que aquí se decida ha de estar determinado por lo que constituya el interés superior de N. y no por los intereses personales y particulares de sus padres”, sostuvo en su resolución.

Identidad afectiva y entorno familiar

Finalmente, Zani concluyó que la sustitución del apellido paterno por el materno refleja la identidad afectiva y familiar que la joven ha construido en su entorno cotidiano:

“Entiendo que ello es lo que más respeta y refleja la identidad que está construyendo al cuidado de su madre, la pareja de ésta y su familia materna”, señaló.

La medida, que incluye la rectificación del acta de nacimiento, marca un precedente relevante en la protección del derecho a la identidad de niñas, niños y adolescentes, reconociendo la importancia de la autonomía y la voz de los menores en los procesos judiciales que los involucran.

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