Discutieron, prendió fuego la casa y murió su pareja: ratifican la pena
El Tribunal de Impugnación confirmó la pena de 8 años de prisión impuesta a Beatriz Esther Cayún, quien fue declarada responsable del delito de incendio seguido de muerte en perjuicio de su pareja, José Emiliano Catricura.

El hecho ocurrió en el paraje Trompul y la resolución se dio a partir de un planteo realizado por el Ministerio Público Fiscal (MPF), representado por el fiscal jefe Gastón Ávila y la fiscal del caso Inés Gerez.
Durante una audiencia llevada a cabo el pasado 17 de abril, los funcionarios sostuvieron que la sentencia original fue producto de “un razonamiento lógico tanto en su estructura interna como externa” y que estaba “debidamente motivada”, descartando cualquier tipo de arbitrariedad.
En ese marco, solicitaron la ratificación de la condena dictada en diciembre del año pasado por el tribunal colegiado integrado por los jueces Maximiliano Bagnat, Federico Sommer y Diego Chavarría Ruíz.
El Tribunal de Impugnación intervino tras un recurso presentado por la defensa de Cayún, que pedía la nulidad del fallo. Sin embargo, el cuerpo —integrado por la jueza Patricia Lupica Cristo y los jueces Eulogio Nazareno y Mauricio Macagno— resolvió por unanimidad rechazar la impugnación al considerar que no se lograron demostrar los agravios denunciados.
El hecho
El episodio ocurrió el 10 de febrero de 2024, entre las 8:30 y las 9:00 de la mañana, en la vivienda que la pareja compartía en el paraje Trompul.
Según se acreditó en el juicio, tras una discusión, Cayún arrojó nafta en el interior de la casa y encendió un fósforo, lo que provocó un incendio inmediato.
Como consecuencia, se produjo una explosión que trabó la puerta de entrada, dejando a Catricura atrapado.
Si bien logró salir por la parte trasera de la vivienda, sufrió quemaduras en el 90% de su cuerpo y falleció horas después.
Durante la etapa de determinación de la pena, la fiscalía había solicitado una condena de 9 años de prisión.
No obstante, el tribunal fijó el mínimo legal de 8 años, teniendo en cuenta como atenuantes la falta de antecedentes penales de la imputada y las lesiones que ella misma sufrió durante el incendio.




Ella está viva……!!
Ese muchacho murió…?
Aquí donde radica la diferencia de agresión con levocia..???….
Le cabe la pena igual lo que a un hombre……
Esa es la igualdad de la que tanto se habla…
Ese mujer debe tener castigo…..
De otra manera lo volverá hacer..!!
Es como el zorro….!!
Cambia el pelo pero no las mañas.. !!