Embarcaciones de menos de 3 toneladas deberán reinscribirse

Los propietarios de embarcaciones, motos de agua y artefactos navales de arqueo bruto inferior a tres tendrán que inscribirlas en los registros jurisdiccionales de la Prefectura Naval Argentina. Quienes ya tienen su embarcación en el Registro Nacional de Buques y deban pasar a uno jurisdiccional cuentan con plazo para la reinscripción hasta el 28 de agosto de 2028, informó la Prefectura San Martín de los Andes.

Quiénes deben reinscribir su embarcación

El cambio surge del nuevo Régimen de la Navegación Marítima, Fluvial y Lacustre (REGINAVE), aprobado por el Decreto Nº 37/2025. La norma establece que las embarcaciones, artefactos navales, motos de agua o similares, deportivos, de recreación o destinados a la actividad comercial, con arqueo bruto inferior a tres, se matriculan en los registros de las dependencias jurisdiccionales de la Prefectura.

Hasta ahora, esos registros alcanzaban a las de hasta una tonelada de arqueo bruto. Con la ampliación del límite, las de más de una tonelada y menos de tres pasan a inscribirse en ellos.

Deben tramitar la reinscripción quienes tengan embarcaciones en el Registro Nacional de Buques (Matrícula Nacional o Registro Especial de Yates) y, por su arqueo bruto, correspondan ahora a un registro jurisdiccional, que podrán elegir.

Quiénes no tienen que hacer el trámite

No deben realizarlo los propietarios cuyas embarcaciones ya están inscriptas en un registro jurisdiccional, ni quienes tengan embarcaciones de arqueo bruto igual o superior a tres, que continúan en el Registro Nacional de Buques.

Quienes aún no hayan matriculado su embarcación, o la adquieran de ahora en adelante, deben inscribirla directamente en un registro jurisdiccional. En esos casos, el plazo de reinscripción no aplica.

Qué pasa si vence el plazo sin reinscribir

Una vez vencido el plazo, las embarcaciones que no hayan sido reinscriptas se considerarán eliminadas de la Matrícula Nacional, siempre que no estén afectadas por embargos, gravámenes u otras medidas cautelares ni el propietario esté inhibido.

Por eso, la Prefectura recomendó realizar las gestiones con suficiente anticipación, para evitar demoras e inconvenientes administrativos cerca de la fecha de vencimiento.

Dónde consultar si una embarcación está comprendida

Los interesados pueden averiguar si su embarcación está alcanzada por la medida en la Prefectura San Martín de los Andes (Sección POLINAVE y Comunicaciones), de lunes a viernes de 07:00 a 14:00, o llamando al 02972-428608.

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