Caso en San Martín de los Andes termina en nulidad por un error inédito en la Justicia neuquina

Un hombre de Cutral Co deberá enfrentar un nuevo juicio oral luego de que el Tribunal de Impugnación declarara nula la condena a 7 años y 8 meses de prisión que pesaba en su contra por abuso sexual con acceso carnal.

La decisión se tomó tras detectarse una situación inédita en los 12 años de vigencia del Código Procesal Penal de Neuquén: una de las juezas que lo condenó había sido su defensora al inicio del proceso.

El planteo fue realizado por el abogado particular Maximiliano Orpianessi, quien advirtió la irregularidad en una conversación con su cliente.

“Después del juicio en el que lo declaran responsable, y el día en que le iban a fijar la pena, me cuenta que la jueza que presidió el Tribunal, Alina Macedo Font, había sido su abogada defensora. No me lo había dicho antes porque no sabía que era importante”, relató el letrado.

Según la acusación, los hechos investigados ocurrieron en San Martín de los Andes en 2024 y fueron denunciados ese mismo año en Cutral Co, ciudad donde residen tanto la víctima como el imputado.

En un primer momento intervino la defensa pública de Cutral Co y, de acuerdo con Orpianessi, el acusado mantuvo “al menos dos o tres entrevistas” con Macedo Font, quien entonces se desempeñaba como defensora oficial.

El legajo permaneció radicado en Cutral Co entre el 28 de abril y el 14 de mayo de 2024. Luego, por una cuestión de competencia territorial, pasó a la justicia de San Martín de los Andes.

El imputado cambió de abogado y asumió su defensa Orpianessi. En paralelo, Macedo Font fue designada jueza de Garantías el 13 de agosto de 2024 por el Consejo de la Magistratura.

Un año después se realizó el juicio oral, integrado por los jueces Juan Pablo Balderrama e Ignacio Pombo y la jueza Macedo Font. Nadie advirtió en ese momento que la magistrada había intervenido previamente como defensora del imputado.

“Yo me enteré antes del juicio de cesura en una charla casual con mi cliente e hice planteo de nulidad, pero no me hicieron lugar”, explicó Orpianessi. Ante el rechazo, apeló ante el Tribunal de Impugnación.

Las juezas Patricia Lupica Cristo y Florencia Martini, junto al juez Nazareno Eulogio, hicieron lugar al planteo, anularon la condena y ordenaron la realización de un nuevo juicio con distintos magistrados.

En el fallo, el Tribunal citó el artículo 5 del Código Procesal Penal y sostuvo que, en garantía de imparcialidad, no pueden intervenir en el juicio quienes hayan actuado previamente en el mismo proceso.

“Con mayor razón lesionan la garantía de imparcialidad aquellos jueces que intervinieron en instancias previas en carácter de parte (sea acusadora o defensa), porque está claro que en un modelo acusatorio, está vedado intervenir como juez y parte en el mismo proceso”, señala la resolución.

El pronunciamiento también remarca que “la magistrada no recuerda su intervención previa, que no es lo mismo a que afirme su inexistencia”.

Por su parte, Macedo Font sostuvo que “escapa a mí” que no exista registro de una eventual intervención como defensora del imputado.

Además, afirmó que no recuerda haberlo atendido y que el caso no se investigó en Cutral Co, donde ella se desempeñaba como defensora.

El caso marca un precedente inédito en la provincia y obliga a reiniciar el proceso judicial desde la etapa de juicio, con un nuevo tribunal y bajo la premisa de garantizar la imparcialidad.

1 Comment on Caso en San Martín de los Andes termina en nulidad por un error inédito en la Justicia neuquina

  1. Un mamarracho la jueza Macedo Font…

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